En fecha 24 de enero de 2018, la Secretaría de Economía dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Mediante este Decreto se reformaron y adicionaron diversas disposiciones relativas a la Disolución y Liquidación de Sociedades.

Dentro de estos cambios destaca la adición de los artículos 249 BIS y 249 BIS 1, en los cuales se detallan los requisitos y procedimiento para llevar a cabo la Disolución y Liquidación de las Sociedades.

Entre los requisitos para llevar a cabo la Disolución y Liquidación conforme al procedimiento contemplado en el artículo 249 Bis 1, se incluyen el que la sociedad este conformada exclusivamente por socios o accionista que sean personas físicas; que estén conformadas de manera licita; que no se encuentren realizando operaciones, ni hayan emitido facturas electrónicas durante los últimos dos años; entre otros.

El presente Decreto entrará en vigor a los seis meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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