Como ya tenemos conocimiento el pasado 31 de marzo de 2020 la Secretaría de Salud emitió el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2. En su artículo primero, fracción I, se ordenó la suspensión de actividades no esenciales del treinta de marzo al treinta de abril de dos mil veinte, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de la enfermedad, sus complicaciones y la muerte en la población residente en el territorio nacional.

Con el objetivo de continuar con la disminución de la carga de esta enfermedad el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expidió los Acuerdos Generales 6/2020 y 7/2020, a través de los cuales modificó las medidas de contingencia por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, extendiendo la suspensión de labores en la totalidad de los órganos jurisdiccionales y sus áreas administrativas hasta el cinco de mayo de dos mil veinte, con el fin de armonizar dichas acciones con la regulación y plazos adoptados por el Consejo de Salubridad General, de conformidad con la Ley General de Salud.

El Poder Judicial del Estado de Nuevo León, sujetándose a la regulación y plazos adoptados por el Consejo de Salubridad General y en congruencia con las medidas tomadas por el Poder Judicial de la Federación, determina extender hasta el cinco de mayo de dos mil veinte el periodo de vigencia de las acciones preventivas decretadas ante la situación del coronavirus COVID-19, en los Acuerdos Generales Conjuntos números 5/2020-II y 6/2020-II, publicados en el Boletín Judicial del Estado 4 el diecisiete de marzo de dos mil veinte, mismos que quedan legalmente modificados para tal fin.

En consecuencia, se declaran inhábiles para los órganos del Poder Judicial del Estado los días comprendidos del veinte de abril al cinco de mayo de dos mil veinte, durante el cual no correrán los términos y plazos legales.

Si desea tener acceso al acuerdo al que se hace referencia de clic aquí Acuerdo General Conjunto (extensión de las medidas)

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *