Fuente: El Financiero

El listado de empresas fantasma que difunde periódicamente el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se ha convertido en un esquema que el fisco utiliza para fiscalizar a los contribuyentes mediante auditorías y la cancelación de los certificados de sellos digitales, coincidieron especialistas.

El listado de empresas fantasma surge del Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que establece que cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha emitido comprobantes sin contar con las condiciones para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, se presumirá la inexistencia de esas operaciones.

Sin embargo, expertos consideraron que en ocasiones el SAT ‘abusa’ de ese artículo, al pedirle al contribuyente que compruebe la materialidad de las operaciones, cuando ya se concretaron.

“Preocupa que es una disposición para los defraudadores y los que no pagan impuestos, pero lo que es terrible es que la autoridad le aplique esa presunción al empresariado mexicano que está trabajando y tiene locales establecidos”, dijo Diana Bernal, titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

De 50 casos que recibe Prodecon con problemas en auditorías, 10 por ciento está o están por aparecer en la lista del 69-B, porque el SAT los acusó de que sus operaciones no tienen materialidad. La consecuencia de estar en el registro es que les cancela el certificado de sello digital.

Gaspar Paulín, magistrado del Décimo Cuarto Tribunal Colegiado del Primer Circuito, expuso que el fin que persigue el Artículo 69-B se está tergiversando, al encuadrarlo en comprobación, es decir, para verificar disposiciones fiscales.

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