segunda-resolucionEl día de ayer 26 de junio de 2017 la Comisión Bancaria y de Valores por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación la Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general para la obtención del dictamen técnico de los centros cambiarios, transmisores de dinero y sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas.

Mediante esta modificación se adiciona al artículo 5 de las presentes disposiciones la fracción VIII mediante la cual, el sujeto obligado a renovar su Dictamen Técnico, además de los demás requisitos solicitados para la renovación de este, deberá de agregar la manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del representante legal, en la que señale que el centro cambiario o transmisor de dinero se encuentra en operaciones, así como la documentación que soporte lo manifestado.

Esta medida se toma con el objeto de renovar solamente aquellos sujetos obligados que se encuentren operando toda vez que es causal de revocación del registro para operar como tal el no realizar las operaciones para las cuales se le otorgó el registro.

La presente resolución entra en vigor a partir del día 28 de junio de 2017.

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