De acuerdo con la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 Segunda Versión Anticipada publicada a través de la página del Servicios de Administración Tributaria (SAT), los contribuyentes personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza, podrán expedir sus CFDI a través de las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”, haciendo uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un CSD, hasta el 02 de octubre de 2023, asimismo, deberán contar con e.firma activa a más tardar el 02 de octubre de 2023.
Aún y cuando el SAT ha postergado en varias ocasiones la fecha límite para contar con la e.Firma debido a falta de citas o fallas en los aplicativos, es importante considerar contar con ella a la brevedad, a fin de evitar el riesgo de que por falta de cumplimiento se pueda quedar fuera de este régimen.
Buzón Tributario
Los contribuyentes personas físicas que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán contar con buzón tributario activo, a más tardar el 02 de octubre de 2023, de conformidad con la ficha de trámite 245/CFF “Habilitación del buzón tributario y registro de mecanismos de comunicación como medios de contacto”, contenida en el Anexo 1-A.